Orden DEF/8/2017, de 9 de enero, por la que se modifica la Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.
Organizada por la Base Aérea de Morón y Ala 11 con la colaboración del Ayuntamiento de la ciudad, podrán participar en el acto un máximo de 250 personas
Con motivo del V Centenario de la Muerte de Elio Antonio de Nebrija y a petición del alcalde de Lebrija, nuestra ciudad acogerá, por vez primera en su historia, una Jura de Bandera para personal civil.
Organizada por la Base Aérea de Morón y Ala 11 con la colaboración del Ayuntamiento de la ciudad, el acto se celebrará el próximo 5 de noviembre de 2022 en las inmediaciones de la Plaza de España a partir de las 12:00 horas.
La Jura de Bandera está abierta a la participación de aquellas personas que, según recoge la Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, deseen prestar juramento o promesa ante la Bandera, manifestando de esta forma su compromiso con la defensa de España, podrán realizarlo con arreglo a lo que establece la presente Orden Ministerial.
Requisitos
Podrán participar en este solemne acto un máximo de 250 personas, que deberán previamente realizar una solicitud de juramento o promesa ante la Bandera de España. La fecha límite de aceptación de solicitudes es el 21 de octubre de 2022.
En cuanto a los requisitos para participar, se han de haber cumplido los 18 años en el momento de la jura o promesa ante la Bandera de España, tener nacionalidad española y no haber sido declarado incapaz por sentencia judicial firme.
La instancia oficial para inscribirse en la actividad se puede encontrar en este enlace corto: https://bit.ly/3DXvp0K.
¿Cómo se tramita la solicitud?
- Si la persona solicitante dispone de capacidad para firmar digitalmente con el DNIe o Certificado Cl@ve, puede tramitar su solicitud en el siguiente enlace: https://sede.defensa.gob.es/acceda/procedimientos, dentro del apartado Delegaciones y Subdelegaciones de Defensa.
- Si la persona no dispone de capacidad para firmar digitalmente, puede tramitar su solicitud a través de la Delegación / Subdelegación de Defensa de la provincia en la que reside de forma presencial.
- También se puede descargar el formulario de solicitud en un ordenador o teléfono móvil, cumplimentar debidamente, imprimirlo, firmarlo y entregarlo en cualquier Oficina de Asistencia en Materia de Registro, como es el caso del propio Ayuntamiento, para su remisión a la Subdelegación de Defensa de la provincia.
Documentación:
Orden DEF/8/2017, de 9 de enero, por la que se modifica la Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.
Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.
Orden DEF/8/2017, de 9 de enero, por la que se modifica la Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.
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ORDEN DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.
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