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#Entorno Saludable

Tras la entrada en vigor de la nueva ley de protección de los derechos y bienestar animal, facilitamos los enlaces de la legislación vigente en relación a la tenencia de animales de compañía.

Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de protección de los animales.

* Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.

Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la renencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Ordenanza Reguladora de la tenencia de animales de compañía en el término municipal de Lebrija.

Aprobación definitiva de la modificación de las ordenanzas fiscales para 2023.

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Nuestras mascotas

→ Parque Canino, ubicado en el Parque de San Benito.

El parque canino se sitúa dentro del Parque de San Benito en una zona adaptada para ello. El espacio cuenta con aproximadamente 2.200 metros cuadrados distribuidos en varias zonas de descanso, esparcimiento y de juegos especialmente diseñados para los canes destinadas al recreo canino en un entorno inmejorable que permite favorecer la interrelación entre perros de diferentes razas y tamaños donde, además, puedan correr y jugar entre ellos.

Horario de invierno:

Martes a domingos: de 10:00 a 18:00 horas.

Horario de verano:

Martes a domingos: de 10:00 a 20:00 horas.

El Parque permanecerá cerrado los lunes por razones de mantenimiento.

Normas dentro del espacio

  • Los perros deben estar identificados y vacunados según la legislación vigente.
  • Prohibida la entrada a hembras en celo, animales enfermos y/o con collares de púas o dientes. 
  • La puerta siempre debe permanecer cerrada.
  • Los animales deben entrar y salir del área canina sujetos con correa. Al entrar, no se soltarán hasta haber cerrado la puerta. Se sujetarán con la correa antes de abrir la puerta para salir.
  • Los animales deben estar en todo momento acompañados de su propietario y/o acompañante. El perro debe estar vigilado constantemente, por lo que está absolutamente prohibido dejarlos solos en el área.
  • Aquellas mascotas que estén catalogadas como potencialmente peligrosas o con características que así lo aconsejen (fuerte musculatura, grandes mandíbulas, agresividad…), según legislación específica, deberán estar permanentemente con bozal.
  • Si algún perro genera conflictos con otros, éste tendrá que ser retirado del parque inmediatamente por su dueño.
  • Los propietarios y/o acompañantes tienen la obligación de recoger los excrementos que generen sus mascotas y depositarlos dentro de bolsas de plástico en las papeleras instaladas a tal efecto.
  • Prohibida la comida dentro de la zona del parque.
  • Prohibido el uso de pelotas y otros juguetes dentro del parque.
  • Los menores de catorce años no podrán entrar en el área si no van acompañados de una persona responsable del menor.
  • Los dueños de los animales son los responsables legales ante cualquier tipo de daño que se pudiera ocasionar a otras mascotas, personas o mobiliario.
  • Las anomalías o sugerencias pueden trasladarse preferentemente al Departamento de Medio Ambiente del Excmo. Ayuntamiento de Lebrija (Tfno. 95 597 45 25), en horario de oficina (de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes), o bien a la Policía Local (Tfno. 95 597 46 96) fuera de este horario.

 

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