El Gobierno amplía las ayudas a autónomos hasta el 31 de enero de 2021  

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El Gobierno amplía las ayudas a autónomos hasta el 31 de enero de 2021  

El Gobierno de España ha ampliado las ayudas a autónomos para paliar la situación de este colectivo como consecuencia de la pandemia de la COVID-19. Al objeto de facilitar la información, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha elaborado una guía para responder a todas las dudas que puedan surgirle a los autónomos y autónomas respecto a las prestaciones que se han extendido desde octubre hasta el próximo 31 de enero de 2021.

En esta guía se recogen los requisitos y condiciones necesarias para acceder a estas ayudas, así como las particularidades de cada prestación, entre otras cuestiones.

Concretamente, las ayudas ampliadas son: prestaciones por cese compatible con la actividad y para autónomos de temporada. Además, se ha creado una nueva prestación extraordinaria por suspensión de la actividad para aquellas personas que se enfrenten a una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia de la COVID-19.

Estas prestaciones, que comenzaron a percibirse con efectos de 1 de octubre de 2020 y tendrán una duración máxima de 4 meses, siempre que la solicitud se presente dentro de los primeros quince días naturales de octubre.

Suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas

Para acceder a la prestación por suspensión temporal obligada por resolución administrativa hay que estar afiliado/a y en alta en el Régimen Especial de la seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta propia o Autónomos (RETA) o, en su caso, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, al menos 30 días naturales antes de la fecha de la resolución. Además, hay que estar al corriente de pago de las cuotas.

La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada, cantidad que se incrementa un 20% si el autónomo/a es miembro de una familia numerosa. El trabajador quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, pero ese periodo le contará como periodo cotizado. La exoneración de cuotas se extenderá hasta el último día del mes siguiente al que se levante dicha medida.

Compatible con la actividad

Esta prestación asciende al 70% de la base reguladora, es decir, un mínimo de 661 euros, e incluye el abono de la cuota por contingencias comunes, que se devuelve al trabajador. De este modo, esta nómina incluye tanto el importe de las prestaciones como el de las cotizaciones por contingencias comunes que les hubiera correspondido ingresar.

Tiene, entre otros requisitos, la acreditación de una reducción de la facturación del 75% en el cuarto trimestre de 2020 respecto al mismo periodo de un año antes. Para acceder a ella, los beneficiarios no necesitan esperar al final del trimestre, sino que pueden solicitar esta prestación cuando cumplan los requisitos y, después, acreditarlos documentalmente una vez finalice el trimestre.

Trabajadores de temporada

Por otro lado, también dentro del consenso con las asociaciones de autónomos, se activó una prestación específica para trabajadores por cuenta propia de temporada que se renovó en el Real Decreto-ley 30/2020. Para acceder a la prestacion extraordinaria la persona deberá hacer cotizado un mínimo de cuatro meses entre junio y diciembre de 2018 y 2019, no superar los 23.275 euros de ingresos durante 2020 y no haber desarrollado actividad ni haber estado dado de alta o asimilado entre el 1 de marzo y el 31 de mayo. Además, no tienes  que haber percibido prestación alguna de la Seguridad Social durante los meses de enero a junio de 2020, salvo que la misma fuera compatible con el trabajo autónomo.

La cuantía de esta presentación será equivalente al 70 por ciento de la base mínima de cotización e incluye la exoneración de las cuotas. No se podrá recibir otra remuneración ni prestación de la Seguridad Social-.

Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

 

Guía con las ayudas/prestaciones dirigidas a los autónomos y autónomas

El Gobierno de España ha ampliado las ayudas a autónomos para paliar la situación de este colectivo como consecuencia de la pandemia de la COVID-19. Al objeto de facilitar la información, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha elaborado una guía para responder a todas las dudas que puedan surgirle a los autónomos y autónomas respecto a las prestaciones que se han extendido desde octubre hasta el próximo 31 de enero de 2021.

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