Abierto el plazo para solicitar ayudas contempladas en el Programa de adecuación funcional básica de viviendas de la Junta de Andalucía

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Abierto el plazo para solicitar ayudas contempladas en el Programa de adecuación funcional básica de viviendas de la Junta de Andalucía

15/05/2018

Subvenciones para la mejora en instalaciones de gas, electricidad, alumbrado conmutado, eliminación de barreras arquitectónicas y otras obras menores

Desde la empresa pública municipal Inmuvisa se informa que en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del pasado 10 de mayo aparecen publicadas las bases para poder solicitar las ayudas correspondientes al Programa de adecuación funcional básica de viviendas recogidas en el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020 para este año 2018.

El plazo para presentar las solicitudes es de dos meses a partir del día siguiente a la publicación de la orden, lo que supone que estará abierto hasta el próximo 10 de julio. Para obtener más información sobre la convocatoria, las personas interesadas se pueden dirigir a la sede de Inmuvisa, en calle Sevilla nº 21.

El Gobierno andaluz establece por tanto una serie de subvenciones para contribuir a financiar las obras y, en su caso, las asistencias técnicas necesarias para mejorar la seguridad y la adecuación funcional básica de las viviendas que constituyan residencia habitual y permanente de personas mayores de sesenta y cinco años o personas con discapacidad que tengan reconocido, al menos, un 40 por ciento de grado de discapacidad y movilidad reducida. También para aquellas personas que tengan acreditado un Grado III de dependencia y las que sus ingresos no superen 2,5 veces IPREM.

Las obras podrán tener por objeto mejorar las instalaciones de gas, de electricidad, la instalación de alumbrado conmutado, adecuación de ancho de puertas y eliminación de barreras arquitectónicas, instalación de suelos antideslizantes, apoyos y asideros y adecuación de sanitarios y grifería en cuartos de baño, colocación de pasamanos y cualquiera otra obra de adecuación de la vivienda a las particulares necesidades de los solicitantes.

La cuantía de la subvención equivaldrá al 70 por ciento del coste total del presupuesto protegible que, a los efectos del cálculo de la subvención, tendrá un límite total y máximo de 2.000 euros. En caso de que fuesen preceptivos los gastos en concepto de asistencia técnica, éstos podrán incrementar el presupuesto protegible con un límite máximo de 600 euros. La convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva, lo que conllevará un proceso de evaluación de cada solicitud en aplicación de los criterios contenidos en las bases reguladoras.