Convocadas las pruebas para la obtención libre de Títulos de Formación Profesional  

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Convocadas las pruebas para la obtención libre de Títulos de Formación Profesional  

01/03/2024

Imagen archivo - examen

Por Orden de 15 de febrero de 2024 se convocan las pruebas para la obtención de título de Técnico y Técnico Superior de ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo en el año 2024.

Los requisitos para acceder a las pruebas para la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior son:

  1. Para acceder a las pruebas para la obtención del título de Técnico de cualquiera de los ciclos formativos de Formación Profesional se requerirá tener 18 años de edad y estar en posesión de alguno de los títulos o certificados que se establecen en el artículo 3 de la Orden de 8 de octubre de 2010, por la que se regulan las pruebas para la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior de ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo y se convocan las correspondientes en el año 2010.
  1. Para acceder a las pruebas para la obtención del título de Técnico Superior de cualquiera de los ciclos formativos de Formación Profesional se requerirá tener 20 años de edad y estar en posesión de alguno de los títulos o certificados que se establecen en el artículo 4 de la Orden de 8 de octubre de 2010.

Plazo y presentación de solicitudes.

  1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, es decir, hasta el 12 de marzo de 2024.
  1. Sin perjuicio de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los centros docentes para la presentación de solicitudes serán los que se relacionan en el Anexo III de la presente orden.
  1. Si el número de solicitudes recibidas en un centro docente superase la capacidad del mismo para atender adecuadamente la realización de las pruebas, la Consejería competente en materia de educación podrá reubicar de oficio a las personas necesarias en otros centros docentes de la provincia.
  1. La solicitud de admisión-matriculación, conforme al modelo normalizado establecido en el Anexo IV, se formulará a través de la Secretaría Virtual de los centros educativos. 5. A la solicitud se adjuntará, a través de la citada Secretaría Virtual, la declaración responsable según modelo normalizado establecido en el Anexo V, de que en el año 2024 cumple con lo establecido en el artículo 9 de la Orden de 8 de octubre de 2010.

Desarrollo de las pruebas.

  1. Según lo establecido en el artículo 19 de la Orden de 8 de octubre de 2010, previo a la realización de las pruebas, habrá un acto de presentación, de forma telemática con certificado digital o DNI electrónico los días 24 y 25 de abril y/o presencial el día determinado por cada Comisión de Evaluación, obligatorio para todo el personal matriculado en las pruebas de obtención de títulos de Técnico o Técnico Superior. El personal aspirante que no realice efectivamente dicho acto decaerá en todos sus derechos y será excluido del procedimiento. A través del acto de presentación las Comisiones de Evaluación darán las instrucciones pertinentes sobre el desarrollo de las pruebas, así como la información que considere necesaria relacionada con el procedimiento.
  1. La realización de los ejercicios se efectuará dentro del período comprendido entre el 2 de mayo y el 31 de mayo de 2024, ambos inclusive.