Convocatoria de ayudas dirigida a pymes y autónomos para compensar el sobrecoste energético

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Convocatoria de ayudas dirigida a pymes y autónomos para compensar el sobrecoste energético

Lebrija - empresas  (3)

El pasado 11 de julio se publicó en el BOJA el Decreto-ley 6/2023 por el que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para compensar el sobrecoste energético de gas natural y/o electricidad a pymes y personas trabajadoras autónomas especialmente afectadas por el excepcional incremento de los precios del gas natural y la electricidad provocados por el impacto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, y se modifica el Decreto 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes, a excepción de los universitarios.

Cubrirá los costes adicionales, provocados por la subida de los precios del gas y la electricidad desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2022

Objetivo:                                                                                                                     

Ayudas para PYMES y personas trabajadoras autónomas que se hayan visto especialmente afectadas por el incremento de precios de la energía provocado el pasado año por el impacto de la guerra en Ucrania.

Cubrirá los costes adicionales, provocados por la subida de los precios del gas y la electricidad desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2022.

Beneficiarios:

  • Tener la consideración de PYME y desarrollar su actividad económica en Andalucía.
  • Ser titulares de contratos de gas natural y/o electricidad con empresas comercializadoras que operen en Andalucía y dispongas, al menos, de un punto de suministro (CUPS)
  • Haber realizado durante el ejercicio 2021 y mantener en el ejercicio 2022 una de las actividades económicas previstas en los códigos de CNAE (se adjunta listado de CNAE incluidos y excluidos de la ayuda).
  • Mantener el alta en la actividad hasta 30 junio 2024.

Cómo solicitarla

A través de un sencillo formulario que sólo requerirá al solicitante en el que tendrá que aportar sus datos personales, señalar la comercializadora que le ha provisto y facturado el gas natural y/o electricidad en el período comprendido entre el 1 de enero del 2021 al 31 de diciembre del 2022, y su cuenta bancaria para el ingreso de la subvención.

A continuación tendrá que suscribir una declaración responsable en la que exprese que cumple los requisitos para recibir la ayuda, que se ha visto afectado por la crisis energética en los términos que recoge el Decreto Ley, o que no ha recibido alguna otra ayuda de las incompatibles con esta norma.

Sólo en el caso de que la solicitud no la realice el beneficiario, sino un apoderado, se requerirá únicamente la acreditación del apoderamiento.

Cuantía:

Entre 300 euros a 2.000.000 de euros, en función del sobrecoste sufrido por la empresa o autónomo.

Plazo:

Hasta el 30 septiembre 2023

 Más información a través del siguiente enlace.