Lebrija entra este lunes en la Fase 3 de la desescalada

PORTADA FASE 3

Lebrija entra este lunes en la Fase 3 de la desescalada

En esta fase Andalucía permite la movilidad entre provincias. Se podrán reunirse grupos de hasta 20 personas y se acaban las franjas en la fase previa a la "nueva normalidad”

A partir de este lunes 8 de junio, Lebrija entra en la denominada Fase 3 del Plan para la transición hacia una "nueva normalidad", que flexibiliza algunas cuestiones hasta ahora no permitidas. Se trata de medidas relativas al ámbito social, el comercio minorista y de prestación de servicios, las actividades de hostelería y restauración, locales y establecimientos culturales, el deporte, entre otros ámbitos.

Actividad comercial

Tal y como se recoge Orden ministerial publicada por el Gobierno, a partir de hoy se podrán abrir los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al 50%. Además, se indica que se establecerá un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

En esta fase se permite también la apertura al público de las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales aunque se limita su aforo al 40%.

Además, el aforo de los locales y establecimientos comerciales ubicados en ellos se fija en un 50%.

En los mercadillos, se garantizará la limitando la afluencia de clientes, de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia social de dos metros. En Lebrija, el mercadillo semanal reanudó su actividad el pasado 26 de mayo con todas las medidas de seguridad establecidas.

Hostelería y restauración

Podrán reabrir al público los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, siempre que no se supere el 50% de su aforo.  En las terrazas al aire libre se limitará el aforo al 75% de las mesas, con una ocupación máxima de 20 personas.  Por otra parte, se permite la apertura de discotecas y bares de ocio nocturno siempre que no se supere un tercio de su aforo y se cumplan las condiciones previstas en esta orden.

El consumo dentro del local podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, preferentemente mediante reserva previa. Deberá asegurarse el mantenimiento de la debida distancia física de dos metros entre las mesas o agrupaciones de mesas. La mesa o agrupación de mesas que se utilice para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal.  Estará permitido el consumo en la barra siempre que se garantice una separación mínima de 2 metros.

Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables o su servicio en otros formatos bajo petición del cliente.

Medidas de carácter social 

En esta fase Andalucía permite la movilidad entre provincias, en una decisión avalada por el Comité de Expertos andaluz, se podrá viajar entre las ocho provincias de la comunidad autónoma. 

Además no quedará reservada ninguna franja horaria a ningún colectivo aunque se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene con los grupos considerados vulnerables al COVID-19. No obstante, los grupos deberían ser de un máximo de 20 personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados.  Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 75% del aforo. Se mantendrá la distancia de seguridad y, en todo caso, un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 personas en espacios cerrados. El aforo máximo debe publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto.

Las ceremonias nupciales podrán realizarse ya sea en espacios al aire libre o cerrados, siempre que no se supere el 75% de su aforo, y en todo caso un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 en espacios cerrados.

Responsabilidad ciudadana

Cada fase, cuya duración es mínimo de dos semanas, conlleva un alivio progresivo de las medidas de confinamiento aplicadas durante el estado de alarma. Es importante ser responsables en el cumplimiento de las normas y medidas establecidas para no retroceder en el avance iniciado.

 

 

Guía de la Fase 3
Nombre Tamaño Tipo
Plan_Transicion_Guia_Fase_3 412,72 KB
Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad
Nombre Tamaño Tipo
BOE-A-2020-5469 mayo 390,36 KB
Orden SND/507/2020, de 6 de junio, por la que se modifican diversas órdenes con el fin de flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional y establecer las unidades territoriales que progresan a las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad
Nombre Tamaño Tipo
BOE-A-2020-5795 254,51 KB