Abierto el plazo para solicitar ayudas a la rehabilitación de viviendas y edificios

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Abierto el plazo para solicitar ayudas a la rehabilitación de viviendas y edificios

El Ayuntamiento puede actuar como entidad colaborada para la gestión de solicitudes

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El Ayuntamiento de Lebrija informa que la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) varias convocatorias de subvenciones para la rehabilitación de viviendas y edificios. 

Las subvenciones para la rehabilitación de viviendas tienen por objeto el fomento de la rehabilitación de viviendas, ya sean unifamiliares, aisladas, agrupadas en fila o ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, contribuyendo a financiar la ejecución de obras para la conservación, mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad, así como de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.

El Consistorio de Lebrija, tras firmar el pasado año un convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio,  puede actuar como entidad colaboradora para la gestión de solicitudes y distribución de las subvenciones para la rehabilitación de viviendas. Las personas interesadas en solicitar la ayuda pueden solicitar cita en la Delegación de Vivienda llamando al teléfono 95 597 45 50.

Las convocatorias de ayudas están financiadas con fondos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y fondos propios de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Presentación de solicitudes

Los propietarios y comunidades de vecinos tienen hasta el 2 de marzo para solicitar las ayudas. La tramitación de solicitudes y descarga de documentos se puede realizar en la web de la Consejería de Fomento en el siguiente enlace: https://cutt.ly/gjE9tWv.

El programa de ayudas para la rehabilitación de edificios va dirigido a las comunidades de propietarios de edificios de viviendas y se dirigen especialmente a mejorar la accesibilidad, aunque también hay una línea específica para mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.

En el caso de la rehabilitación de viviendas privadas la ayuda consistirán en obras para la conservación y la mejora de la accesibilidad de las viviendas, así como mejoras de eficiencia energética y sostenibilidad. 

Tanto en la rehabilitación de edificios como en la de viviendas, los solicitantes podrán ser beneficiarios de una subvención equivalente al 40 por ciento del presupuesto protegible de la actuación.

Personas beneficiarias

Podrán solicitar estas subvenciones las personas propietarias o arrendatarias cuando acuerden costear las obras a cambio del pago de la renta. Los ingresos de la unidad de convivencia residentes tendrá que ser inferiores a 5,50 veces el IPREM. Asimismo, no podrán haber obtenido una ayuda para la misma vivienda en los 3 años anteriores.

Requisitos de la vivienda

Para solicitar esta subvención, la vivienda deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Debe ser domicilio habitual y permanente de los propietarios o arrendatarios.
  • No pueden estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación.
  • Debe tener una superficie útil no inferior a 36 m2 .
  • Tiene que estar finalizada antes de 1996, salvo excepciones.
  • Tiene que presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con ésta.
  • No tener la consideración de infravivienda.
  • Disponer de informe técnico que acredite los requisitos y la necesidad de acometer las obras, con fecha anterior a la solicitud de la subvención.